¿Qué sabes sobre la normativa de uso de patios interiores?

En líneas generales, todos sabemos lo que es un patio de vecinos: se trata de la zona común cuyo uso y disfrute pertenece a todos los residentes en el edificio o urbanización. Habitualmente hablamos de zonas ajardinadas, deportivas o infantiles, piscinas o simplemente la zona donde se encuentran los buzones y/o el ascensor.

Ahora bien, ¿y si hablamos de patios interiores? Aquí la cosa se complica, ya que suelen ser desconocidos tanto los derechos como las obligaciones de los propietarios que poseen un piso con esta zona extra en las plantas bajas.

De entrada pueden darse dos casos diferenciados:

-Que las normas comunitarias especifiquen que, a pesar de encontrarse anejo a un piso particular, el patio interior sea de uso común. Si ésta es la situación, el vecino propietario de dicho piso no estaría obligado a la limpieza y mantenimiento del patio, debiéndose definir desde la comunidad quién se encargará de estas tareas. Si alguno de los vecinos quiere hacer cualquier tipo de uso del espacio común, deberá pedir permiso al resto y éstos concedérselo de manera unánime.

-Que el patio interior sea de propiedad comunitaria pero de uso y disfrute exclusivo del propietario del piso en el que se engloba. Aquí, dicho propietario ha de saber que ningún otro vecino puede arrojar colillas o basura, sacudir el polvo o realizar cualquier acción que pueda ensuciar o causar daños en su patio interior. Eso sí, este propietario deberá cumplir también con una serie de obligaciones:

·Permitir el acceso para la lectura de contadores, en caso de que los haya, o para la inspección, reparación o mantenimiento de cualquier canalización de uso común que transcurra por el patio interior.

·Mantener y limpiar el patio, así como reparar las posibles desperfectos derivados del uso.

·Pedir permiso en caso de que quiera llevar a cabo cualquier reforma, como cerramientos o techados.

·En  caso de que se produjeran desperfectos en otras propiedades de la comunidad, y éstas tuvieran su origen en un patio interior de uso privativo, los gastos de reparación correrían a cargo del propietario de dicho patio.

·En caso de que se produjeran desperfectos en el patio interior debido a causas estructurales, la subsanación de los mismos correrían a cargo de la comunidad, que a la postre es la propietaria legal del espacio.

En cualquiera de los supuestos, en JCS nos hacemos cargo de cualquier tipo de trabajo de reparación y rehabilitación de patios de luces de comunidades, por lo que si necesitas de nuestros servicios no dudes en ponerte en contacto con nosotros: nuestro compromiso es proveer las mejores soluciones.

Cualquier duda como siempre estamos a vuestra disposición.

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